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    Ven el acceso al agua en peligro inminente

    Santo Domingo.- La Red Nacional de Resistencia y de Remediación al Daño Ambiental denunció lo que llamó «peligro inminente» del acceso al agua por la supuesta violación a la legislación ambiental nacional e internacional.

    De acuerdo con la organización, la extracción «ilegal» de arena de los ríos ha provocado el rompimiento del nivel freático, que es la corriente de agua que está acumulado en el subsuelo sobre una capa impermeable y que puede aprovecharse mediante pozos.

    Asimismo, la destrucción de los bosque de galería produce una consecuencia inmediata de evaporación del agua y su inevitable desaparición con el tiempo.

    «Todo esto ocurre en violación a la ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, que crea una protección de 30 metros a cada lado de los ríos, además de la prohibición de la Ley 123-71 del año 1971 sobre Agregados y el decreto 571-09, que crea nuevas áreas protegidas.

    Según el mapa de concesiones mineras no metálicas legales en explotación activa, hay 101. «Sin embargo, las (que son) ilegales multiplican estas por mucho, en un territorio de 48,000 kilómetros cuadrados y con una fragilidad climática de ser el décimo primero más vulnerable del mundo y al lado del primero y el tercero, que son Puerto Rico y Haití».

    La red sostuvo que las montañas alrededor de los nacimientos de ríos y durante todo su curso, están depredadas.

    En su razonamiento, la Ley 632, del año 1977, protege los nacimientos de los ríos, así como también la Ley 627, que protege todas las tierras de cordilleranas y los dejan desamparados a la vista de las autoridades «y no hacen nada para detenerlos y menos para recuperarlos».

    El Ozama

    Observen lo que ha ocurrido en el río Ozama. «Primero amagaron con instalar una presa de desechos mineros de la Barrick en Cuance, uno de los afluentes de los ríos Ozana e Isabela y producto de las protestas y la oposición de casi todo el pueblo tuvieron que desistir».

    Agregó que, sin embargo, «han permitido el funcionamiento de dos generadores eléctricos Seabord en la desembocadura de dicho río, en franca violación de la ley 64-00 y de sus propias resoluciones, que daban un plazo para retirar las barcazas y luego las dejan ahí, en detrimento de la salud del río y de todos los moradores del lugar».

    Estamos convencidos, manifestó la Red, de que el gran problema de República Dominicana en la protección del medio ambiente, es el incumplimiento de la ley y la falta de autoridades que la apliquen de manera efectiva.

    Comentó que si se examina el instrumento de políticas públicas más importante después de la Constitución, lo es la Estrategia Nacional de Desarrollo, Ley 1-12.

    La red dijo que esa ley ha sido violada desde su nacimiento en el 4to. Eje Ambiental y Climático, donde se establece la descarbonización de la economía energética nacional «y en cambio se impulsarían las energías renovables».

    Deploró que, en cambio , se instaló una planta de 752 megavatios a carbón, «estando prohibido por ley, auspiciado por el propio gobierno que había jurado por Dios, por su Honor, por el Pueblo, Cumplir y Hacer Cumplir la Constitución y Las Leyes».

    No es posible, dice la Red, lograr un desarrollo sostenible sin la participación de todos, gobierno y sociedad.

    Opinó que para lograr esa participación se requiere que se ratifique el Acuerdo de Escazú, sobre Acceso a la Información, Participación Publica y Acceso a la Justicia Ambiental, que lleva un año y 6 meses el Tribunal Constitucional y no lo ha examinado, cuando la Ley 137-11, le concede solo 30 días para tomar una decisión».

    Expresó su creencia en el sentido de que todavía hay tiempo de recuperar nuestro país y que no nos convirtamos en un Haití, que perdió casi la totalidad de sus recursos naturales.

    «La solución para un desarrollo sostenible efectivo es aplicar la Constitución de la República en sus artículos 14, 15, 16, 17, 66 y 67, así como la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo, la Ley  64-00 y demás que la complementan y los tratados internacionales en materia ambiental».

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