Santo Domingo.- El Poder Ejecutivo emitió el decreto 615-26, mediante el cual se declara de alto interés nacional y prioridad estratégica el combate al “terrorismo” medioambiental.
Según la pieza del Ejecutivo, las agresiones “deliberadas” contra los parques nacionales y los recursos naturales críticos “recibirán una respuesta contundente con acciones drásticas y una persecución penal implacable”.
Durante el acto de presentación de la normativa, celebrado en el Salón Las Cariátides del Palacio Nacional, el presidente Luis Abinader catalogó como actos terroristas medioambientales aquellas acciones perpetradas por daño sistemático a los parques nacionales.
El gobernante advirtió que habrá acciones más drásticas y persecuciones firmes contra dominicanos y extranjeros que incurran en estos ilícitos.
En la actividad estuvieron junto con el presidente Abinader los ministros Administrativo de la Presidencia, Andrés Bautista; de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Paíno Henríquez; de Defensa, teniente general Carlos Antonio Fernández Onofre; el director de Migración, Luis Rafael Lee Ballester, y el subconsultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Mairení Rivas.
El decreto 615-26
Declaratoria de alto interés (Art. 1): Prioriza la prevención, detección e investigación del terrorismo medioambiental, definido como aquellos actos graves contra los recursos naturales y ecosistemas estratégicos que se equiparen a las normativas antiterroristas vigentes.
Activos protegidos (Art. 2): Otorga especial protección a los sistemas de áreas protegidas, cuencas hidrográficas prioritarias, presas, embalses, manglares, humedales y nacimientos de ríos.
Coordinación institucional (Arts. 3 y 4): Instruye al Comité Nacional Antiterrorista, al Ministerio de Defensa, al Ministerio de Medio Ambiente, a la Policía Nacional y a la Dirección General de Migración, a diseñar una Política Nacional de Prevención y Combate orientada a neutralizar incendios forestales provocados y amenazas a la infraestructura hídrica y energética.
Persecución penal (Art. 5): Dispone la remisión inmediata de cualquier agresión al patrimonio ambiental ante el Ministerio Público para asegurar la acción penal correspondiente.
Participación ciudadana (Art. 6): Establece plataformas tecnológicas y mecanismos de denuncia confidencial para garantizar la protección de los ciudadanos colaboradores de buena fe.





