Santo Domingo.- Salta al tapete la pregunta de si sabía el gobierno que la Constitución prohíbe transferir fondos de la partida del 4% del Producto Interno Bruto (PBI) destinado a la educación preuniversitaria.
El Poder Ejecutivo envió el pasado 25 de agosto al Congreso Nacional el proyecto de modificación al Presupuesto General del Estado de 2022 con el que propone reducir RD$4,250 millones a la asignación del Ministerio de Educación (Minerd), para transferirlos a otras instituciones.
“La inversión del Estado en la educación, la ciencia y la tecnología deberá ser creciente y sostenida, en correspondencia con los niveles de desempeño macroeconómico del país. La ley consignará los montos mínimos y los porcentajes correspondientes a dicha inversión. En ningún caso se podrá hacer transferencias de fondos consignados a financiar el desarrollo de estas áreas”, cita el documento constitucional”, establece el artículo 63, numeral 10 de la Constitución de la República.
El abogado constitucional, Nassef Perdomo, explicó a Diario Libre que hay dos tipos de leyes de presupuesto: una es la ley orgánica de presupuesto, la que establece el procedimiento para la creación o elaboración del presupuesto, y está la ley de presupuesto general del Estado, la cual se aprueba anualmente.
La ley de Educación es una ley orgánica porque el artículo 112 de la Constitución dice que las leyes que afectan derechos fundamentales, que afectan la estructura del Estado y sus instituciones son leyes orgánicas, dijo Perdomo.