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    Juez rechaza revertir alza salario mínimo en Puerto Rico

    San Juan, 9 jul (Prensa Latina) Varias organizaciones empresariales advirtieron hoy que recurrirán el fallo del juez Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, que ratificó el incremento del salario mínimo.

    El magistrado descartó en la víspera que la Comisión sobre el Salario Mínimo debía tener mayoría para determinar que procedía el aumento a 10.50 la hora, ya que su capacidad se limitaba a hacer una variación mediante decreto, puesto que la ley estableció el incremento para el 1 de julio de 2024.

    Este incremento beneficia a unos 245 mil trabajadores que cobran el salario mínimo en Puerto Rico.

    Los demandantes de las agrupaciones empresariales reclamaban que la determinación de la Comisión sobre el salario mínimo debía contar con cinco votos, no con los tres que lo ratificó.

    Ante la decisión adversa, el abogado patronal Jaime Sanabria estableció que se proponen ir en alzada al Tribunal de Apelaciones, porque “lo que no queremos es que aplique deforma uniforme” en todos los negocios y empresas.

    “Todos quisiéramos que el salario de cada uno de los empleados de Puerto Rico se aumente, pero que se aumente de una forma coherente”, argumentó el abogado de los demandantes, que incluye a la Cámara de Comercio de Puerto Rico, la Asociación de Comercio al Detal y la Asociación de Industriales.

    También a la Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos (MIDA), la Asociación de Restaurantes y la Asociación de Hoteles y Turismo de Puerto Rico.

    La presidenta del Centro Unido de Detallistas (CUD), Lourdes M. Aponte, dijo este martes que no figuran en la demanda porque “la ley es clara”, pues al momento de aprobarse la legislación hace tres años estableció el aumento escalonado del salario mínimo, que ahora es de 10.50 dólares la hora.

    “Luego de leer el citado extracto de la sección 2.02 podemos observar que la Asamblea Legislativa estableció un aumento obligatorio y sin condición de 8.50/hr del 1 de enero de 2022 al 1 de julio de 2023. De la misma forma, del 1 de julio de 2023 al 1 de julio de 2024, el aumento mandatorio y sin condición sería de $9.50/hr”, advirtió el magistrado en su resolución.

    El juez Cuevas Ramos precisó que del texto de la ley surge meridianamente claro que la Asamblea Legislativa estableció un aumento al salario mínimo de 10.50/hr, el cual se podía variar mediante un decreto mandatorio emitido por la Comisión sobre el Salario Mínimo.

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