Por Manuel Otilio Pérez Pérez
Santo Domingo.- En 1822, bajo la Dominación Haitiana, el Presidente J. P. Boyer lo nombra Fiscal del Tribunal del Seibo, designa Defensor Público.
En 1830, el mismo Presidente Boyer, lo designa Defensor Público. Al año siguiente fue nombrado Notario Público de Santo Domingo.
Al cesar la Dominación Haitiana de Boyer en 1843 y continuar bajo el mando del Presidente Charles Herard hasta la proclamación de la Independencia realizada por él (Tomás Bobadilla) en 27 de febrero de 1844, y transcurridos 8 meses, surgió la Constitución de San Cristóbal el 6 de noviembre de 1844, y con ella, tambien surgió la Presidencia Constitucional del General Pedro Santana.
En ese mandato Constitucional, Tomás Bobadilla fue el titular de los Despachos de Justicia, Instrucción Pública y Relaciones Exteriores desde el 16 de noviembre hasta el 2 de abril de 1846.
El 12 de enero de 1847, fue designado por la suprema Corte de Justicia, Defensor Público para los Tribunales de la Provincia de Santo Domingo.
El 12 de junio de 1847, Bobadilla fue deportado y regresó mediante el Decreto de Amnistía del Presidente Manuel Jimenes del 26 de septiembre de 1848.
A su regreso el Presidente Santana le confirma este nombramiento de Defensor Público el 7 de septiembre de 1854.
El 18 de agosto de 1849, fue elegido Miembro de la Cámara del Consejo Conservador, cargo que renunció, para ser Procurador Fiscal de la Suprema Corte de Justicia.
En fecha 16 de octubre de 1849, el Presidente Buenaventura Báez lo designa Juez de Residencia para el Tribunal de Apelación.
El 3 de junio de 1851, es nombrado Presidente de la Suprema Corte de Justicia, permanece en ese puesto hasta el 17 de enero de 1853.
En La Anexión, el Gibierno español mediante Real Cédula de Isabel II, de fecha 6 de octubre de 1861, designa a Tomás Bobadilla, Magistrado de la Real Audiencia, además Fiscal o Presidente de Sala.
En 1862, se le confía, juntamente con José María Morilla, la traducción del Código Civil francés, y luego su adaptación a la Ley de Enjuiciamiento Civil y a los demás estatutos peninsulares.
El 17 de noviembre de 1863, se le nombró Representante del Ministerio de Marina.
Vencidos los españoles en 1865, y Restaurada la República, el Gobierno español lo invita a pasar a Cuba o Puerto Rico con su misma investidura, Bobadilla prefirió quedarse en lar nativo.
En la Segunda República, Restaurada la Soberanía Nacional, el Triunvirato que constituían el General Pedro Antonio Pimentel, el General Gregorio Luperón y el General Federico de Jesús García, escoge a Bobadilla para integrar con Ricardo Curiel y José Gabriel García, la Junta Auxiliar de Gobierno, en ese nuevo Organismo Oficial, Don Tomás Bobadilla asume las funciones de Ministro de Justicia, Instrucción Pública y Relaciones Exteriores (por segunda vez) .
Ministro de Justicia, Instrucción Pública y Relaciones Exteriores en la primera República.
Ministro de Justicia, Instrucción Pública y Relaciones Exteriores en la segunda República.
Tomás Bobadilla y Briones, abogado bilingüe autodidacta reconocido por Haití, España y República Dominicana. Es decir, Tomás Bobadilla y Briones abogado internacional.