Santo Domingo.- La disposición del presidente Luis Abinader en el sentido de que toda la administración pública deberá facilitar todo tipo de información pública tuvo su expresión en la condena judicial al Ministerio de Obras Públicas al pago de 12 millones de pesos por negarse a acceder en ese sentido.
La penalidad adquirió la condición de la cosa juzgada luego que una sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) fuera ratificada por el Tribunal Constitucional. El veredicto se fundamenta en la violación de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.
Abinader declaró ante la proliferación de casos como el de Obras Públicas que la mayoría de los funcionarios están dispuestos a proporcionar la información requerida, aunque reconoció que una minoría no lo hace. «A ellos se lo vamos a recordar y les daremos seguimiento, si no cumplen tomaremos otras medidas».
El veredicto del TC
La sentencia del TSA fue recurrida por Obras Públicas ante la Suprema Corte de Justicia, que rechazó el recurso y luego llegó al Tribunal Constitucional, convirtiéndose en sentencia definitiva marcada con el número TC-0951-23, según refirió el periódico Listín Diario.
En cuanto a la forma, el TC admitió el recurso contra Obras Públicas interpuesto por el abogado Ángel Lockward, pero en cuanto al fondo, confirmó la sentencia que había sido ratificada por la Suprema Corte de Justicia, ordenó la comunicación y declaró el proceso libre de costas.
Lockward solicitó al Ministerio de Obras Públicas la entrega de información relativa a los planes de desarrollo y aprobación de planos correspondientes al área turística de Cofresí, Puerto Plata.
La titular de la Oficina Central de Tramitación de Planos del Ministerio de Obras Públicas , Ana María Terrero, denegó la información solicitada porque “lo solicitado respondía a información protegida por derechos de autor, y de carácter confidencial e íntimo de los propietarios y habitantes del área”.
Ante esa negativa, el 23 de noviembre de 2018 Lockward radicó una acción de amparo y logró la sentencia 030-02-2019-SSEN00061, dictada por la Primera Sala del TSA el 21 de febrero 2019, que ordenó la entrega de la información requerida.
Esa decisión fue recurrida por Obras Públicas, que interpuso un recurso de revisión constitucional de amparo, pero fue declarado inadmisible por extemporáneo mediante Sentencia TC/0105/20, el 12 de mayo de 2020.
El 21 de septiembre de 2020, Lockward solicitó la imposición de astreinte ante el Tribunal Superior Administrativo en base a la Sentencia núm. 030-02-2019-SSEN00061. El reclamante logró que se le complaciera mediante la Sentencia número 030-02-2021-SSEN-00124, del 12 de marzo de 2021, que impuso al Ministerio de Obras Públicas una astreinte de 10.000 pesos por cada día de retardo en cumplir con lo ordenado por el TSA.
En esa situación, Obras Públicas interpuso un recurso de casación ante la Suprema Corte el 27 de abril de 202, que fue rechazado por la Tercera Sala el 13 de diciembre de 2021 por la sentencia número 033-2021-SSEN-01263.