Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader modificó la estructura del Gabinete de Transporte mediante el decreto número 350-25, con el objetivo de “fortalecer la implementación del Plan de Movilidad Urbana Sostenible y avanzar en la reestructuración administrativa del sector transporte”.
La disposición presidencial designa al ministro sin cartera Deligne Alberto Ascención Burgos como nuevo coordinador del Gabinete, en sustitución del Ministerio de la Presidencia, que hasta ahora ocupaba esa función.
No obstante, el Ministerio de la Presidencia permanecerá como miembro del consejo consultivo que integran varias instituciones clave del sector.
Una reforma institucional
La decisión forma parte del proceso de reestructuración y modernización del Estado que impulsa el Gobierno.
Según el decreto, el Gabinete de Transporte tendrá como objetivo central fijar las orientaciones, programas y acciones para desarrollar e implementar políticas de movilidad urbana sostenible.
El Ministerio de la Presidencia mantendrá su rol dentro del gabinete, pero ya no lo dirigirá.
A partir de ahora, se enfocará en colaborar con el resto de las instituciones para lograr los objetivos comunes del consejo, mientras que la gestión operativa recaerá directamente sobre el ministro sin cartera.
Integrantes del sector transporte
El Gabinete de Transporte seguirá compuesto por las siguientes instituciones:
Ministerio de la Presidencia (MINPRE) Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT) Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET) Operadora Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA)
Con la modificación, se busca una coordinación más eficiente entre las entidades públicas encargadas del tránsito, el transporte terrestre, la seguridad vial y la planificación urbana.
El presupuesto
El decreto establece que todos los gastos vinculados al funcionamiento del Gabinete de Transporte serán cubiertos por el Ministerio de la Presidencia.
Esto garantiza que las labores de planificación, supervisión e implementación del plan de movilidad urbana cuenten con los recursos administrativos necesarios para su ejecución efectiva.
El documento recuerda que el presidente está facultado por la Constitución para reasignar funciones administrativas, siempre y cuando no interfieran con las responsabilidades sustantivas de otras entidades públicas.
En ese marco, el traslado de la coordinación al ministro sin cartera se justifica como una medida de eficiencia institucional.